Suspension contratos temporales erte

Suspension contratos temporales erte

کیسے؟بارسلونا ائیرپورٹ اجڑ گیا؟28.10.2020

Tras realizar 3 ERTES anteriores, una empresa puso en marcha -sin acuerdo de la comisión negociadora- un proceso colectivo de suspensión temporal de contratos de trabajo (ERTE), basado en causas productivas y económicas, en caso de pérdidas.    Impugnado el ERTE, y declarado el concurso de acreedores, la Sala de lo Social postula que el ERTE es nulo, al haberse realizado en fraude de ley y con abuso de derecho, ya que a través de esta medida temporal se protegía la continuidad de un camino sin salida.    Así, aunque la medida de suspensión temporal de los contratos de trabajo redujo los costes salariales y evitó la continua destrucción de tesorería, la Audiencia entiende que la situación era estructural y no temporal y que, por tanto, era desproporcionado que los trabajadores la soportaran un año más con el contrato de trabajo suspendido, ya que dicha medida no solucionaría la caída de las ventas y la deuda patrimonial asumida por la empresa.

En 2018, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el asunto C-518/15 (Matzak), determinó que los turnos de trabajo eran tiempo de trabajo cuando el trabajador tenía la obligación de (i) permanecer en su domicilio durante el periodo de guardia, (ii) estar a disposición de la empresa y (iii) presentarse en el centro de trabajo durante el periodo de guardia.    Ahora, el Alto Tribunal enjuicia un sistema de turnos de disponibilidad implantado para atender las incidencias que se producen fuera de la jornada y en las que los trabajadores debían ser localizados por si era necesaria su intervención. La mayoría de las incidencias se podían resolver a distancia, sin tener que acudir al centro de la empresa o al de los clientes. Por último, si tenían que intervenir, las horas de trabajo se compensaban con el correspondiente descanso.    La Sala argumentó que, dado que los trabajadores no estaban obligados a permanecer en el lugar asignado por la empresa ni tenían que resolver la incidencia en un plazo determinado, estos turnos no se consideran tiempo de trabajo efectivo.

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El empresario no tiene que pagar el salario ni las indemnizaciones (como en el caso de un despido definitivo). Sin embargo, tiene la obligación de seguir pagando la seguridad social y de readmitir a los trabajadores en sus anteriores puestos de trabajo cuando la situación que permitió la suspensión/reducción haya terminado.

Este procedimiento de ERTE puede iniciarse cuando el empresario tiene 10 empleados o más. Si un empresario tiene más de 100 empleados, la medida debe afectar al menos al 10% y al 30% si hay más de 300 empleados.

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¿Qué es un ERTE en España?

Si has suspendido el contrato por un expediente de regulación de empleo temporal (ERTE), puedes realizar otros trabajos, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. La suspensión de la relación laboral supone para usted y para la empresa la liberación de las respectivas obligaciones de trabajo y retribución del trabajo. No obstante, deberá comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal las colocaciones que realice mientras percibe la prestación por desempleo, con el fin de suspender la prestación.

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VER IMAGEN¿Qué es un Expediente de Regulación de Empleo Temporal o ERTE? Un ERTE es un procedimiento laboral que permite a una empresa suspender o reducir, por un tiempo determinado, la relación contractual con sus trabajadores.

En cuanto al ERTE, la norma se refiere a los procedimientos de suspensión de contratos y de reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, por un lado, y a ellos cuando se derivan de fuerza mayor.

La diferencia esencial es que mientras los segundos, los procedimientos derivados de fuerza mayor, tienen por objeto obtener un pronunciamiento de la autoridad laboral consistente en la comprobación del hecho constitutivo se considera procedimiento administrativo; los primeros no persiguen una respuesta de dicha autoridad.

También incurrirán en causas económicas cuando las previsiones de la empresa determinen la invalidez de la misma en el futuro inmediato si no se lleva a cabo un plan que le permita superar la crisis en la que se encuentra.

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Los trabajadores acogidos al ERTE tendrán derecho o no, en función del tiempo cotizado y del tipo de ERTE, a percibir una prestación por desempleo equivalente al 70% de su base reguladora obtenida al dividir los seis meses anteriores por 180 primeros meses. Después de esos seis meses y hasta que finalice la aplicación del ERTE, su prestación será del 50% de la misma base reguladora.

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