Contrato minusvalia 33

Indicadores ohchr

Un contrato de duración determinada es un contrato precario, pero el trabajador se beneficia, en principio, de los mismos derechos que un trabajador con contrato indefinido en cuanto a salario, vacaciones pagadas o formación. También hay otras características especiales del CDD.

Existe un principio de igualdad con un trabajador con contrato indefinido si la formación y las funciones son equivalentes. Esto es aún más cierto cuando se trata de un contrato fijo de sustitución. La comparación es muy clara entre el salario del empleado sustituido y el del sustituto. Pero el salario puede ser inferior si el empleado sustituido tiene una larga trayectoria en la empresa.

El CDD puede incluir un periodo de prueba, pero no es obligatorio. Si el contrato dura menos de 6 meses, el periodo de prueba será de un día por semana trabajada. Por ejemplo, para un contrato de un mes, será de 4 días como máximo. Si el contrato dura más de 6 meses, el periodo de prueba no puede ser superior a un mes. El contrato rara vez se rescinde durante el periodo de prueba.

Comisión de derechos de los discapacitados

Inicio / Leyes de Discapacidad / LEYES DE LA REPÚBLICA / LR 7277 – Ley que dispone la rehabilitación, el autodesarrollo y la autosuficiencia de las personas discapacitadas y su integración en la corriente principal de la sociedad y para otros fines.

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(a). Las personas discapacitadas forman parte de la sociedad filipina, por lo que el Senado apoyará plenamente la mejora del bienestar total de las personas discapacitadas y su integración en la corriente principal de la sociedad.

(c). La rehabilitación de las personas discapacitadas será la preocupación del Gobierno para fomentar su capacidad de alcanzar una vida más significativa, productiva y satisfactoria. Para llegar a un mayor número de personas discapacitadas, los servicios y prestaciones de rehabilitación se ampliarán más allá de los centros urbanos tradicionales a programas basados en la comunidad, que garantizarán la plena participación de los diferentes sectores con el apoyo de los organismos gubernamentales nacionales y locales.

(e). Para facilitar la integración de las personas discapacitadas en la sociedad, el Estado defenderá y fomentará el respeto a las personas discapacitadas. El Estado hará todo lo posible para eliminar todas las barreras sociales, culturales, económicas, ambientales y de actitud que sean perjudiciales para las personas discapacitadas.

Estado de la Untc

El artículo 503 de la Ley de Rehabilitación de 1973 prohíbe a los contratistas y subcontratistas federales discriminar a las personas cualificadas con discapacidades en todos los aspectos del empleo y exige que se tomen medidas afirmativas al respecto. El artículo 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad en los programas y actividades que reciben ayuda financiera federal y en los programas dirigidos por el gobierno federal. El artículo 188 de la Ley de Inversión en la Fuerza de Trabajo de 1998 (WIA) prohíbe la discriminación de personas cualificadas con discapacidades en cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera del Título I de la WIA. Esta ley es aplicada por la Oficina de Programas de Cumplimiento de Contratos Federales (OFCCP).

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El Título I de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) prohíbe a los empleadores de 15 o más trabajadores, a las agencias de empleo y a las organizaciones laborales de 15 o más trabajadores discriminar a las personas cualificadas con discapacidades.

La Ley de Asistencia para la Readaptación de los Veteranos de la Era de Vietnam (VEVRAA) prohíbe la discriminación y exige una acción afirmativa para los veteranos discapacitados especiales cualificados, así como para otras categorías de veteranos. Esta ley es aplicada por la OFCCP.

Protocolo opcional Crpd

CONSEIL GÉNÉRAL DU GARD ha sacado a concurso un anuncio de contrato: Servicios asistenciales para discapacitados. La ubicación del proyecto es Francia y la licitación se cierra el 28 de noviembre de 2018. El número de anuncio de licitación es 473431-2018, mientras que el número de referencia TOT es 27987025.

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Seguimiento social y médico-social de las personas en los domicilios de particulares-ancianos y/o discapacitados en el sentido de los artículos L. 441-1 y siguientes del código de acción social y de las familias.

Capacidades económicas: Las referencias financieras y profesionales se evaluarán de acuerdo con los documentos y criterios establecidos en el pliego de condiciones. El contrato se adjudicará a la oferta económicamente más ventajosa de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el reglamento consultivo.Dirección de Internet (URL): http://www.gard.fr

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