Contrato sinalagmatico imperfecto ejemplo

Contrato sinalagmatico imperfecto ejemplo

Ejemplo de contrato oneroso

“En 1926, la sociedad predecesora de Resolute FP Canada Inc. (“Resolute”) y la Gatineau Power Company (“Gatineau Power”) firmaron un contrato sinalagmático de ejecución sucesiva para el suministro de energía eléctrica. El artículo 20 de dicho contrato estipulaba que Resolute aceptaría cualquier aumento del precio de la electricidad que pudiera derivarse de futuros aumentos de los impuestos o gravámenes aplicados por el gobierno provincial o federal a la energía eléctrica generada a partir de la energía hidráulica. A principios de la década de 1960, el gobierno de Quebec adquirió el capital social de varias empresas privadas de producción de energía, entre ellas Gatineau Power, que se convirtió en una filial de Hydro-Québec. En 1965, Hydro-Québec firmó un contrato bilateral con Gatineau Power destinado a unificar la gestión y las operaciones de esta empresa. Este contrato preveía la venta de todos los bienes muebles de Gatineau Power a Hydro-Québec y el arrendamiento a esta última de todos los bienes inmuebles de la primera por un periodo de 25 años. Hydro-Québec se beneficiaría de los ingresos derivados de los contratos de electricidad de Gatineau Power y tendría derecho a utilizar las instalaciones arrendadas a esta última como si fueran propias. En 1982, Resolute e Hydro-Québec firmaron un contrato para el suministro de energía adicional. Entre 2005 y 2009, Gatineau Power cedió a Hydro-Québec tres centrales eléctricas que ésta le arrendaba y que habían abastecido a Resolute antes de la nacionalización.

Contratos onerosos y gratuitos

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el “Libro Verde sobre la transformación del Convenio de Roma de 1980 sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales en instrumento comunitario y su modernización

El 14 de enero de 2003, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre el Libro Verde mencionado.

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 12 de noviembre de 2003 (ponente: Sr. Liz Liz). El ponente fue el Sr. Pegado Liz.

En cambio, el Comité, actuando en el ámbito de sus competencias consultivas, desea expresar en esta fase su aprobación del principio de conversión del Convenio de Roma en instrumento comunitario, así como de la modernización de sus disposiciones. Al hacerlo, es consciente de que cumple su función consultiva en un ámbito que es vital no sólo para la regulación de aspectos clave de la realización del mercado interior, sino también para la creación de una sociedad civil europea en lo que respecta a un aspecto esencial de un espacio de libertad, seguridad y justicia (1).

Ejemplo de contrato gratuito

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  Contratos ugr

En los sistemas de derecho civil, un contrato sinalagmático es un contrato en el que cada una de las partes del contrato está obligada a proporcionar algo a la otra parte[1] Su nombre deriva del griego antiguo συνάλλαγμα (sinalagma), que significa acuerdo mutuo[2] Ejemplos de contratos sinalagmáticos son los contratos de venta, de servicio o de contratación.

En las jurisdicciones de derecho consuetudinario, es aproximadamente el equivalente a un contrato bilateral y puede contrastarse con una donación (ya que dicha relación no es un contrato) o un contrato unilateral en el que sólo una parte hace una promesa ejecutable.

Contrato unilateral

Un contrato sinalagmático, también llamado contrato bilateral, es un contrato entre dos partes con intereses opuestos, que incluye disposiciones que obligan a cada parte a la otra. Se diferencia del contrato unilateral, en el que sólo una de las partes está obligada a prestar un servicio a la otra.

Su principio básico es la reciprocidad de las obligaciones: cada una de las partes contratantes debe al menos una prestación a la otra, por lo que se encuentra en la posición de acreedor y deudor. Si el contrato sinalagmático no prevé la reciprocidad de las obligaciones, puede ser declarado nulo o recalificado como contrato unilateral.

  Supuesto practico contratos administrativos

El contrato sinalagmático también requiere tantas copias como partes contratantes, según el artículo 1375 del Código Civil. Esta norma, conocida como la “formalidad del doble original”, exige también que en cada copia se mencione el número de originales producidos.

La reciprocidad del contrato bilateral permite utilizar la llamada excepción de incumplimiento: es un medio de presión que permite a una parte no cumplir su obligación cuando la otra no la ha cumplido. Por ejemplo, en un contrato de venta, si el vendedor no ha entregado el producto o servicio, el comprador no está obligado a pagar la suma.

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