Solvencia tecnica ley de contratos

Solvencia tecnica ley de contratos

Definición de solvencia

La insolvencia es un término que se utiliza cuando una persona o empresa no puede seguir cumpliendo sus obligaciones financieras con los prestamistas a medida que las deudas van venciendo. Antes de que una empresa o persona insolvente se vea envuelta en un procedimiento de insolvencia, es probable que participe en acuerdos informales con los acreedores, como el establecimiento de acuerdos de pago alternativos. La insolvencia puede surgir de una mala gestión de la tesorería, una reducción de las entradas de efectivo o un aumento de los gastos.

Si el propietario de un negocio planea reestructurar la deuda de la empresa, debe elaborar un plan realista que muestre cómo puede reducir los gastos generales de la empresa y seguir llevando a cabo sus operaciones. El propietario crea una propuesta que detalla cómo se puede reestructurar la deuda mediante reducciones de costes u otros planes de ayuda. La propuesta muestra a los acreedores cómo la empresa puede producir un flujo de caja suficiente para realizar operaciones rentables mientras paga sus deudas.

Hay numerosos factores que pueden contribuir a la insolvencia de una persona o empresa. La contratación por parte de una empresa de una gestión contable o de recursos humanos inadecuada puede contribuir a la insolvencia. Por ejemplo, el responsable de la contabilidad puede crear y/o seguir de forma inadecuada el presupuesto de la empresa, lo que provoca un gasto excesivo. Los gastos se acumulan rápidamente cuando sale demasiado dinero y no entra suficiente en la empresa.

Fórmula de solvencia

La Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) ha lanzado hoy dos consultas sobre la revisión de las Directrices de Solvencia II sobre los límites de los contratos y la valoración de las provisiones técnicas, vigentes desde la aplicación de Solvencia II en 2016.

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Como parte de la revisión de Solvencia II en 2020, la AESPJ identificó varias prácticas divergentes en relación con la aplicación y la supervisión del cálculo de las provisiones técnicas. Para garantizar una aplicación convergente de Solvencia II y su reglamento delegado en este ámbito, es necesario revisar las directrices existentes, además de las mejoras identificadas en el dictamen sobre la revisión de Solvencia II 2020.

Las Directrices sobre los límites de los contratos promueven una aplicación coherente de los límites de los contratos de seguro o reaseguro. Un límite de contrato especifica si la cobertura adicional derivada de las opciones de los asegurados se considera negocio existente o futuro.

Las directrices nuevas y modificadas proporcionan una orientación más detallada sobre los requisitos ya existentes. Se centran en la separación de un contrato de seguro y reaseguro y en la evaluación de si una garantía financiera o una cobertura tiene un efecto discernible en la economía del contrato. En particular, las nuevas orientaciones se centran en el objetivo de la disociación, garantizando que un contrato tenga el mismo tratamiento independientemente de que se venda como un solo contrato o como dos contratos independientes cuando ambos sean equivalentes en términos de riesgo.

Solvencia frente a liquidez

British Actuarial Journal Contenido del artículo DISPOSICIONES TÉCNICAS DE SOLVENCIA II PARA LOS ASEGURADORES GENERALES Por el grupo de trabajo del Comité de Supervisión de Reservas de Seguros Generales del Instituto y la Facultad de Actuarios sobre las disposiciones técnicas de Solvencia II:

donde EOFRU(0) es el importe de los fondos propios admisibles obtenidos por el (re)asegurador de referencia en el momento de la transferencia, t=0 y SCRRU(0) el SCR en el momento t=0 calculado para el (re)asegurador de referencia. El coste de la provisión de esta cantidad de fondos propios admisibles es igual a esto, multiplicado por el coste anual de capital asumido para cada año futuro. El enfoque subyacente consiste en calcular las provisiones técnicas y el SCR de la aseguradora para cada año futuro hasta que el negocio esté totalmente liquidado. El margen de riesgo global según la metodología del coste del capital (“CoCM”) debe calcularse como sigue

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donde SCRRU(0) es el SCR calculado en el momento t=0 y BENet(0) y BENet(t) las provisiones técnicas netas mejor estimadas evaluadas en el momento t=0 y t, respectivamente. Los supuestos subyacentes que deben tenerse en cuenta antes de poder utilizar esta simplificación son los siguientes: Se recomienda modificar este método para reconocer que los elementos del SCR no se liquidarán proporcionalmente (como el riesgo de prima o de catástrofe en las exposiciones no devengadas). Por lo tanto, el método debe aplicarse a los elementos de la exposición que no son proporcionales (como las primas o el riesgo de catástrofe en las exposiciones no devengadas). Esto se muestra gráficamente en la figura 5. Figura 5 Ilustración del Run-off de los SCRs. 1SCRRO – Componente del SCR que se va a escurrir. 2SCRUEE – Componente del SCR relativo a las exposiciones no vencidas. 3SCRRM – Componente del SCR utilizado para calcular el margen de riesgo En el cuadro 9 se ofrecen cifras ilustrativas. Se trata de datos ficticios a título ilustrativo.Cuadro 9 Ilustración del Run-Off de los SCRs SCRRM=Componente del SCR utilizado para calcular el margen de riesgo.8.8. 8.8. Cálculos trimestrales Los recálculos trimestrales del capital mínimo obligatorio requerirán detalles del nivel actual del margen de riesgo. Al realizar estos recálculos trimestrales, el margen de riesgo para un LoB individual puede simplificarse como sigue:

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Directrices de Eiopa sobre los límites de los contratos

Algunas legislaciones establecen características distintas que podrían tenerse en cuenta a la hora de contratar. Por ejemplo, la Ley de Queensland establece un plazo de pago diferente para los contratistas principales (en un plazo de 25 días hábiles desde la notificación de la reclamación) y los subcontratistas (en un plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la reclamación). La Ley de Australia Occidental y del Territorio del Norte prohíbe las disposiciones contractuales existentes sobre el pago en un plazo de 50 días a partir de la notificación de la reclamación. Del mismo modo, la última ley de Tasmania prohíbe el derecho a suspender las obras si la parte no realiza la adjudicación en el plazo estipulado. El documento sugiere que las disposiciones legislativas adecuadas deben incorporarse a las condiciones contractuales, ya que las disposiciones legislativas son secundarias al contrato y están disponibles por defecto.

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