Contratos de aprendizaje

Contratos de aprendizaje

Acuerdo de aprendizaje y declaración de compromiso

La cuestión: ¿Qué elementos debe contener un acuerdo de aprendizaje? Un acuerdo escrito entre un aprendiz y un empleador, y a veces con la participación de otra parte (por ejemplo, un proveedor de EFTP o una organización intermediaria), que aclara sus derechos y obligaciones, así como las condiciones de formación y trabajo para la formación de aprendices, es un componente esencial. Sirve para regular la formación de aprendices a nivel de empresa y es esencial para su aplicación efectiva y sin problemas. En la mayoría de los casos, el marco regulador de la formación de aprendices especifica la forma y el contenido de un acuerdo de aprendizaje y estipula las condiciones esenciales (mínimas) para la formación. También ofrece a los empresarios la flexibilidad de incluir componentes adicionales según las necesidades de su empresa y de ofrecer mejores condiciones de trabajo, por encima de los requisitos mínimos. Aunque las circunstancias nacionales varían, un acuerdo de aprendizaje suele abarcar lo siguiente

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De acuerdo con la sección 2 de la Ordenanza de Aprendizaje ( Cap. 47 ), “Aprendiz” significa la parte de un contrato de aprendizaje que se compromete a aprender un oficio o una ocupación. Un contrato de aprendizaje es una excepción a algunas normas de un contrato de trabajo: Sección 2 , Ordenanza de Aprendizaje ( Cap. 47 ). Los aprendices tienen un horario de trabajo especial, condiciones contractuales especiales y se puede nombrar a un Director de Aprendizaje para que investigue las reclamaciones y cualquier infracción de la ordenanza derivada del empleo. En la actualidad, hay 45 oficios de aprendizaje reconocidos. A los efectos del Reglamento de Aprendizaje ( Cap. 47A ), se entiende por “período de empleo” el período que un aprendiz pasa en el trabajo, incluidos los intervalos permitidos para las comidas o el descanso ( norma 2 ). “Horas trabajadas” significa el tiempo en el que el aprendiz está empleado, excluyendo los intervalos permitidos para las comidas y el descanso ( regulación 2 , Reglamento de Aprendizaje ( Cap. 47A )).

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Según el artículo 7(1) del Reglamento de Aprendizaje ( Cap. 47 ), son jóvenes los que están empleados como aprendices en virtud de un contrato de aprendizaje. Un “joven”, según la sección 2 de la Ordenanza sobre el Aprendizaje, es una persona mayor de 14 años y menor de 19 años; sin embargo, según la sección 44 de la Ordenanza, el Jefe del Ejecutivo puede ampliar el límite de edad superior para un joven de 18 años a una edad no superior a 21 años.

Tipo de contrato de aprendizaje

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a. El número de horas que debe pasar el aprendiz en el trabajo en un programa basado en el tiempo; una descripción de los conjuntos de habilidades que debe alcanzar al completar un programa basado en la competencia, incluyendo el componente de aprendizaje en el trabajo; o el número mínimo de horas que debe pasar el aprendiz y una descripción de los conjuntos de habilidades que debe alcanzar al completar el programa híbrido.

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a. Durante un período específico de prueba, que no puede exceder el 25% de la duración del programa o un año, lo que sea más corto, durante el cual el acuerdo de aprendizaje puede ser cancelado por cualquiera de las partes del acuerdo mediante notificación por escrito al departamento, sin impacto adverso para el patrocinador.

(2) Suspendido o cancelado por el patrocinador, por una buena causa, con la debida notificación al aprendiz y una oportunidad razonable para la acción correctiva, y con una notificación por escrito al aprendiz y al departamento de la acción final tomada.

Acuerdo o contrato de aprendizaje

Los aprendizajes son programas de formación basados en el trabajo que conducen a cualificaciones reconocidas a nivel nacional. Permiten a los empleadores evitar la escasez de competencias en ocupaciones tradicionalmente cualificadas, a la vez que permiten a los aprendices desarrollar sus habilidades combinando la formación en el día a día con el trabajo junto a colegas experimentados.

Los aprendizajes están abiertos a todos los grupos de edad por encima de los 16 años en los niveles intermedio, avanzado y de grado superior. El aprendizaje tendrá una duración determinada (normalmente de 1 a 4 años) y/o hasta que se alcance un nivel de cualificación. En general, los aprendices trabajan al menos 30 horas a la semana. El salario mínimo nacional (NMW) contiene una categoría especial para los aprendices, cuyas tarifas por hora son sustancialmente inferiores a las de otros empleados.

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Un aprendiz que trabaja con un contrato de aprendizaje tiene derecho a todas las protecciones laborales legales y a una mayor protección contra el despido. Por ejemplo, un empleador que despide a un aprendiz puede ser responsable de grandes sanciones que pueden incluir el coste de la formación por el resto de sus estudios, la pérdida de ingresos por la duración original del aprendizaje (que puede ser de hasta 5 años) y la pérdida futura de ingresos como resultado del daño causado a la capacidad de un aprendiz para ganar en el futuro como resultado de no completar el programa de formación.

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