Modelo de contrato de arras
Los contratos de arras son acuerdos que regulan la cantidad que el comprador de un inmueble entregará al vendedor para garantizar el cumplimiento del contrato y que la venta se lleve a cabo. Es como una reserva, fianza o acuerdo previo que impide a cualquiera de las partes retirarse antes de la firma de la escritura pública. Aunque forma parte del precio final de la vivienda, no se trata de un simple anticipo, ya que podría perderse si el contrato no llega a buen puerto.
Aunque no es obligatorio, es lógicamente recomendable, ya que supone una cierta garantía de cumplimiento. Sin embargo, existen otras opciones de compromiso además de las arras, como los compromisos de venta, las ventas con pago aplazado y las opciones de compra.
En primer lugar, hay que decidir el tipo de depósito de garantía. Hay que pensarlo bien, porque cada tipo tiene implicaciones diferentes. Al redactar el contrato, hay que firmarlo en todas sus páginas y añadir los anexos: copias certificadas de las escrituras, planos, etc. Cada parte debe conservar una copia. Existen plantillas y modelos fiables, como el que proporciona la OCU.
Apéndice sobre el dinero en garantía
El cheque de garantía es un cheque personal por valor del 10% del precio de compra, emitido por el comprador y entregado al abogado del vendedor junto con el contrato firmado. El cheque de garantía se deposita después de que el vendedor haya contrafirmado y ejecutado completamente el contrato.
El cheque de garantía suele estar a nombre del abogado del vendedor o del agente de custodia. En la ciudad de Nueva York, el abogado del vendedor suele actuar como agente de depósito en garantía y depositará el cheque de arras del comprador en su cuenta de depósito en garantía tan pronto como el contrato haya sido contrafirmado por el vendedor y, por tanto, ejecutado en su totalidad.
En lo que respecta al depósito del contrato, tenga la amabilidad de proporcionar un cheque (personal está bien) por la cantidad de $400,000.00, a nombre de “Darnell Thompson, Esq., como agente de custodia”. El cheque puede ser entregado en nuestra oficina o, alternativamente, si usted está en Manhattan y proporciona una dirección, podemos organizar la recogida por mensajero.
El cheque de garantía se depositará tan pronto como se ejecute el contrato en su totalidad. Esto suele ocurrir después de que el vendedor firme el contrato, el abogado del vendedor envíe por mensajería el contrato completamente ejecutado al abogado del comprador, y el abogado del comprador confirme la recepción por escrito.
En venta por el propietario contrato de arras
Un contrato de arras de penalización define las consecuencias en caso de incumplimiento del acuerdo. Uno de confirmación reduce la cantidad que hay que pagar al cierre de la operación, ya que cuenta como prepago inicial.
Aunque a menudo se confunden, estos dos términos no son lo mismo. Un anticipo es la cantidad de dinero que el comprador entrega directamente al vendedor una vez alcanzado el acuerdo. Puede oscilar entre el 5% y el 20% del precio total. El resto del precio de la vivienda procede de la hipoteca.
El depósito de garantía oscila entre el 1% y el 3%, y el comprador lo utiliza para mostrar su intención de comprar una propiedad. El comprador suele depositar la fianza en un depósito de garantía, un tercero que se encarga de guardar el dinero hasta que el acuerdo llegue a la fase final.
Dar un depósito de garantía directamente al vendedor o al agente inmobiliario puede ser peligroso. Entregue siempre su dinero a un tercero que lo retenga hasta el cierre de la operación. Pague con un cheque o mediante una transferencia bancaria, y la empresa de custodia se asegurará de que no le engañen.
Contrato monetario de opción
DEPÓSITOS PENITENCIALES Este tipo de depósitos son los únicos expresamente previstos en la normativa española, concretamente en el artículo 1454 del Código Civil. En definitiva, la utilización de este tipo de fianzas requiere una “cláusula de salida”, es decir, un medio lícito para que cualquiera de las partes pueda desistir unilateralmente del contrato. La aplicación de una cláusula de arras en un contrato de reserva (en caso de desistimiento o incumplimiento del contrato) impedirá que la parte que desee seguir adelante con la compra pueda acudir a los tribunales para reclamar el cumplimiento del contrato. Como se ha explicado anteriormente, esto se debe al hecho de que las fianzas son cláusulas de salida unilateral de los contratos de reserva.
Son las cláusulas más comunes que se encuentran en los contratos de reserva presentados a la firma por las agencias inmobiliarias para la mayoría de las operaciones de venta de inmuebles, y en muchos casos, de forma incorrecta. Esto se debe a que la cláusula no está correctamente incluida en el contrato, o porque es contradictoria con otras cláusulas del contrato.