Contrato electrónico de servicios: cómo funciona
Aunque ambos se basan en certificados digitales, los sellos electrónicos y las firmas electrónicas abordan casos de uso diferentes en Europa, según el reglamento eIDAS. Una firma electrónica sólo puede ser utilizada por un individuo para firmar documentos, como contratos y solicitudes.
Con los sellos electrónicos avanzados de la UE, un remitente con los permisos de usuario necesarios, puede añadir sellos electrónicos que se aplicarán al documento en el orden especificado en el flujo de trabajo. Un sobre puede contener tanto sellos electrónicos como firmas electrónicas si es necesario.
¿Son los correos electrónicos legalmente vinculantes en Francia?
Otro tipo de escrito que puede utilizarse para probar un contrato son los correos electrónicos u otra correspondencia entre las partes. Pero los correos electrónicos serán probablemente una prueba débil, ya que no están firmados y en la mayoría de los casos no pueden ofrecer garantías de integridad (es decir, su contenido puede ser modificado).
¿Cómo se hace un contrato electrónico?
Un contrato electrónico es un acuerdo formulado en línea. Las partes interactúan entre sí en un formato digital, en lugar de hacerlo en persona o por teléfono. Aunque sea digital, un eContract sigue siendo un contrato.
Facilitando la firma de contratos a distancia desde 2013
En un mundo cada vez más digital, las transacciones a distancia han ido ganando terreno a la contratación presencial. Hoy en día, 1 de cada 2 contratos que se firman es electrónico, lo que significa que si tienes una empresa, es muy probable que los contratos electrónicos ya formen parte de tu día a día.
En este contexto, hablaremos de las ventajas de los contratos electrónicos y de cómo puede sacarles el máximo partido gracias a One-Shot Signature with Video ID: la solución de firma electrónica cualificada con Video ID.
El contrato electrónico se establece como ”todo contrato en el que la oferta y la aceptación se transmiten por medio de equipos electrónicos de procesamiento y almacenamiento de datos conectados a una red de telecomunicaciones”, lo que significa que tanto la oferta como la aceptación se realizan por medios telemáticos.
Independientemente de su formato, un contrato se define como un acuerdo de voluntades que crea o transmite derechos y obligaciones a las partes que lo celebran. Sin embargo, existen importantes diferencias entre un contrato en papel y un contrato electrónico:
Contratación electrónica certificada
Aunque no siempre se requiere un “escrito” para probar la existencia o el contenido de un contrato, lo ideal es que toda empresa procure tener contratos escritos ejecutables, y si éstos son electrónicos, se aplican una serie de requisitos.
Se presume la fiabilidad de un proceso de firma electrónica, cuando este proceso implementa una firma electrónica cualificada. Por lo tanto, las empresas que tengan grandes necesidades de aplicabilidad de los contratos electrónicos deben considerar el uso de firmas electrónicas cualificadas.
Las firmas electrónicas cualificadas se crean sobre la base de certificados emitidos por proveedores de servicios de confianza cualificados, que verifican la identidad del firmante. Los proveedores de servicios de confianza cualificados deben estar certificados por organismos competentes.
Sin embargo, una firma electrónica cualificada no es indispensable para la aplicabilidad de los contratos electrónicos. Las empresas con menores necesidades de ejecutabilidad de los contratos electrónicos (como las transacciones comerciales B2B) pueden decidir utilizar firmas electrónicas que no alcancen el elevado umbral de “cualificación” y evitar los costes, el tiempo y los esfuerzos necesarios para las firmas cualificadas.
El estudio CPSM engaña sobre los contratos escritos, orales y electrónicos
La ley iraquí reconoce la celebración de contratos en forma electrónica con efectos similares a los de la forma [clásica] en papel; la práctica, sin embargo, se enfrenta a la dificultad de acreditar el tiempo/lugar de la celebración del contrato electrónico. El artículo 88 del Código Civil iraquí establece que “la celebración del contrato por teléfono o por cualquier otro medio de comunicación es un contrato entre ausentes en el lugar y presentes en el tiempo”, lo que constituye una referencia implícita a los contratos electrónicos y a los mecanismos de celebración de los mismos. En 2012, Irak aprobó la Ley de Transacciones Electrónicas y la Ley de Firma Electrónica, que ha definido el contrato electrónico como “la vinculación de la oferta emitida por una de las partes contratantes con la aceptación de la otra de forma que se demuestre su efecto en el contrato, que se realiza por medios electrónicos.” La misma Ley, en su artículo 4, definió la firma electrónica como “una marca personal que adopta la forma de letras, números, símbolos, signos, sonidos u otros, y que tiene un carácter único que indica su relación con el firmante y es aprobada por el organismo de certificación.”